I.-
Introducción.
El Plan General de
Contabilidad (PGC) aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre,
recoge en su Segunda Parte las normas de
registro y valoración que desarrollan los principios contables y otras
disposiciones contenidas en la primera parte relativa al Marco Conceptual de la
Contabilidad. Esta resolución constituye el desarrollo reglamentario de los criterios de
registro y valoración para contabilizar el gasto por impuesto sobre beneficios.
A tal efecto, la
disposición final tercera del Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre,
habilita al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) a aprobar,
mediante resolución, normas de obligado cumplimiento que desarrollen el citado
Plan y sus normas complementarias, en particular, en relación con las normas de
registro y valoración, y las normas de elaboración de las cuentas anuales.
Del mismo modo, la
disposición final primera del Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por
el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas
Empresas (PGC-PYMES) y los criterios contables específicos para microempresas,
establece que los desarrollos normativos del PGC serán de aplicación
obligatoria para las empresas que apliquen el PGC-PYMES.
Por último, la disposición
final tercera del Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, por el que se
aprueban las Normas para la Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas
(NFCAC), expresa que el ICAC podrá aprobar, mediante resolución, normas de
obligado cumplimiento que desarrollen las NFCAC.
Así, en virtud de lo
previsto en dicha normativa, en el BOE de 16 de febrero de 2016 se ha publicado
la Resolución de 9 de febrero de 2016, del Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas, por la que se desarrollan las normas de registro, valoración y
elaboración de las cuentas anuales para la contabilización del Impuesto sobre
Beneficios.






