Con la finalidad de
incentivar a las empresas a mejorar la prevención de riesgos laborales, en el
año 2010 se puso en marcha, mediante el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo,
el sistema de reducción de las
cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hubieran
contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad
laboral. Este sistema, que prevén de forma expresa los artículos 97.2 y
146.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, ha venido
utilizándose por empresas de las distintas actividades, lo que ha incentivado
la prevención de los riesgos laborales a nivel empresarial.
Como el procedimiento
necesario para su concesión presenta ciertas limitaciones y barreras que
dificultan su tramitación a las empresas solicitantes, la Ley 35/2014, de 26 de
diciembre, por la que se modificó el texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes
de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, en su
disposición adicional cuarta, párrafo b), instó al Gobierno a abordar una
modificación del Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, para agilizar y
simplificar el proceso de solicitud, reconocimiento y abono del incentivo, y
para implantar un sistema objetivo centrado en el comportamiento de la
siniestralidad, incentivando en las empresas la adopción de medidas y procesos
que contribuyan eficazmente a la reducción de las contingencias profesionales
de la Seguridad Social.
El Real Decreto 231/2017, de
10 de marzo, que deroga el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, regula el
establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias
profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la
siniestralidad laboral, introduciendo una serie de mejoras tendentes
tanto a conseguir una gestión del incentivo más ágil, eficaz y eficiente, como
a dotar de una mayor seguridad jurídica a todo el procedimiento.