Mostrando entradas con la etiqueta Derecho Fiscal. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Derecho Fiscal. Mostrar todas las entradas

lunes, 13 de febrero de 2017

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES: MODELO 231 «DECLARACIÓN DE INFORMACIÓN PAÍS POR PAÍS»

Las entidades residentes en territorio español que tengan la condición de dominantes de un grupo, definido en los términos establecidos en el artículo 18.2 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades y que no sean al mismo tiempo dependientes de otra entidad, deberán aportar la información país por país, a que se refiere el artículo 8 bis bis apartado 3 de la Directiva 2011/16/UE, que ha sido introducido por la Directiva (UE) 2016/881, y el artículo 14 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.

También deberán aportar esta información las entidades residentes en territorio español dependientes, directa o indirectamente, de una entidad no residente en territorio español que no sea al mismo tiempo dependiente de otra o establecimientos permanentes de entidades no residentes, siempre que se produzcan cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 13.1 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.

El artículo 14 del Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, establece que la información país por país resultará exigible a las entidades a que se refiere el apartado 1 del artículo 13 anteriormente citado, exclusivamente, cuando el importe neto de la cifra de negocios del conjunto de personas o entidades que formen parte del grupo, en los 12 meses anteriores al inicio del período impositivo, sea, al menos, de 750 millones de euros.