lunes, 17 de octubre de 2016

PRUEBAS ACCESO A UNIVERSIDAD DE MAYORES DE 25 Y DE 45 AÑOS

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, exige al Gobierno, en su disposición adicional vigésimo quinta, regular las condiciones básicas para el acceso a la universidad de los mayores de 25 años, y en su artículo 42.4 regular los procedimientos para el acceso a la universidad de quienes, acreditando una determinada experiencia laboral o profesional, no dispongan de la titulación académica legalmente requerida al efecto con carácter general, así como de quienes, no pudiendo acreditar tal experiencia, hayan superado determinada edad.

En desarrollo de la norma legal se aprobó el Real Decreto 743/2003, de 20 de junio, por el que se regula la prueba de acceso a la universidad de los mayores de 25 años, que, de conformidad con su disposición adicional cuarta, fue desarrollado por la Orden ECD/1719/2004, de 13 de abril, por la que se regula la prueba de acceso a la Universidad de los mayores de 25 años en el ámbito de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

Tras la aprobación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de diciembre, de Educación, el Real Decreto 743/2003, de 20 de junio fue derogado por el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas.

Posteriormente, la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de diciembre, y regula en su artículo 38 y en las disposiciones adicionales trigésima tercera y trigésima sexta un nuevo sistema de admisión a la universidad española.

En cumplimiento de estas disposiciones el Gobierno derogó el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre por medio del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, que establece las condiciones básicas específicas y la estructura de las pruebas para el acceso a la universidad de las personas que hubieran cumplido 25 y 45 años de edad, así como de quienes, habiendo cumplido 40 años, acreditaran una determinada experiencia profesional o laboral.

Por lo que se refiere a las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 y 45 años, los artículos 12.4 y 17.5, respectivamente, del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, encomiendan a las Administraciones educativas, previo informe de las Universidades de su ámbito de gestión, el establecimiento de las líneas generales de la metodología, el desarrollo y los contenidos de los ejercicios que integran las pruebas, así como el establecimiento de los criterios y fórmulas de valoración de éstas.

Por ello, se ha derogado la Orden ECD/1719/2004, de 13 de abril, y dictado una nueva orden de acceso y admisión a la universidad de las personas que hubieran cumplido 25 y 45 años de edad y de quienes, habiendo cumplido 40 años, acrediten una determinada experiencia profesional o laboral. Se trata de la Orden ECD/1663/2016, de 11 de octubre, publicada en el BOE de 17 de octubre de 2.016. 

La orden tiene por objeto la regulación de las líneas generales de la metodología, el desarrollo, los contenidos y los criterios y fórmulas de valoración de los ejercicios que integran las pruebas de acceso a la universidad de las personas mayores de 25 años y de las personas mayores de 45 años, así como el procedimiento de acceso a la universidad mediante la acreditación de experiencia laboral o profesional, en el ámbito de la UNED.

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