En el BOE de 2 de junio de
2.016 se ha publicado la Orden HAP/841/2016.
Mediante dicha Orden se
aprueban dos modelos tributarios:
- El
modelo 364 "Impuesto sobre el Valor
Añadido. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas
a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales
de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado"
- El
modelo 365 "Impuesto sobre el Valor
Añadido. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas a la
Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales
de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado"
Por otra parte, dicha Orden
establece las condiciones generales y el procedimiento para su presentación
electrónica, y modifica la Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo, así como
otra normativa tributaria.
El procedimiento para la
aplicación, en el IVA, de las exenciones fiscales relativas a la Organización
del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de
dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado, en las operaciones
interiores e intracomunitarias, se reguló en el artículo 5 del el Real Decreto
160/2008, que aprobó el Reglamento por
el que se desarrollan.
Por otra parte, se ha modificado la Orden EHA/789/2010, de 16
de marzo, por la que se aprueban el formulario 360 de solicitud de devolución
del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado por empresarios o profesionales
establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, el contenido de la
solicitud de devolución a empresarios o profesionales no establecidos en el
territorio de aplicación del impuesto, pero establecidos en la Comunidad, Islas
Canarias, Ceuta o Melilla, y el modelo 361 de solicitud de devolución del
Impuesto sobre el Valor Añadido a determinados empresarios o profesionales no
establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, ni en la Comunidad,
Islas Canarias, Ceuta o Melilla, y se establecen, asimismo, las condiciones
generales y el procedimiento para su presentación telemática.
Por último en la
disposición final segunda se modifica la
Orden HAP/2194/2013, que regula los
procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas
autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales,
comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.
Esta modificación tiene
como finalidad extender con carácter general la obligatoriedad de las
Grandes Empresas de presentar electrónicamente documentación, solicitudes o
manifestaciones de opciones que no figuran en los propios modelos o
formularios de declaración o autoliquidación y documentación con trascendencia
tributaria relativa a procedimientos tributarios gestionados por la Agencia
Tributaria a través del Registro Electrónico de la misma.
También tiene como objeto instrumentar,
a través de la figura del apoderamiento, la presentación electrónica de una
única Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio
de domicilio y/o variación de datos personales, modelo 030, formulada por
ambos cónyuges.
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