I-.
Introducción.
El Real Decreto-ley
15/2014, de 19 de diciembre, de modificación del Régimen Económico y Fiscal
(REF) de Canarias señaló que determinados incentivos
fiscales relativos tanto a la imposición directa como a la indirecta
regulados en la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias,
tienen la consideración de ayudas de
Estado de acuerdo con el Derecho comunitario.
Dicho Real Decreto-ley
15/2014 reguló en su disposición adicional cuarta un sistema de seguimiento y
control de acumulación de las ayudas obtenidas en virtud de todos los
incentivos aplicables en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias,
así como de aquellos otros, cualquiera que sea su naturaleza, que tengan la
consideración de ayudas de Estado.
Esta disposición introdujo
la obligación de los beneficiarios de estos incentivos fiscales de presentar
una nueva declaración informativa relativa a las distintas medidas o
regímenes de ayudas utilizadas en el marco de dicho Régimen Económico y
Fiscal de Canarias, así como de aquellos otros, cualquiera que sea su
naturaleza, que tengan la consideración de ayudas de Estado.
El Real Decreto 1022/2015,
de 13 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de Desarrollo de la
Ley 19/1994, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, en las
materias referentes a los incentivos fiscales en la imposición indirecta, la
reserva para inversiones en Canarias y la Zona Especial Canaria, ha regulado el
régimen de control de estas ayudas.
El artículo 37 del
mencionado Reglamento dispone que el Ministro de Hacienda y Administraciones
Públicas será quien apruebe el modelo de
declaración informativa de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y
Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado, derivadas de la aplicación del
Derecho de la Unión Europea, donde se establecerá la forma y plazos de su
presentación.
En el BOE de 9 de enero de
2016 se ha publicado la Orden HAP/296/2016, de 2 de marzo, por la que se
aprueba el modelo 282, que se
refiere a dicha "Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el
marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado,
derivadas de la aplicación del Derecho de la Unión Europea". La Orden establece
las condiciones y el procedimiento para su presentación.
Están obligados a
presentar el modelo 282 los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la
Renta de no Residentes que hayan sido beneficiarios de ayudas obtenidas en
virtud de todos los incentivos aplicables en el marco del Régimen Económico y
Fiscal de Canarias así como de aquellos otros, cualquiera que sea su
naturaleza, que tengan la consideración de ayudas de Estado.
III-. Objeto
de la información a consignar en el modelo 282.
Deberá ser objeto de
declaración en el modelo 282 la información definida en el artículo 36 y en los
términos previstos en el artículo 37 del Reglamento de desarrollo de la Ley
19/1994. Esto es:
1. Las "Ayudas
regionales al funcionamiento":
a) El régimen especial de
las empresas productoras de bienes corporales.
b) El régimen de deducción
por inversiones en Canarias regulado en el artículo 94 de la
Ley 20/1991, y las deducciones a las que se refieren las disposiciones
adicionales decimotercera y decimocuarta de la Ley 19/1994.
c) Los incentivos de la
Zona Especial Canaria regulados en los artículos 43 a 46 de la
Ley 19/1994.
d) La reserva para
inversiones en Canarias.
e) Las exenciones de
entregas interiores del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías
en las Islas Canarias.
f) Las ayudas al
transporte de mercancías comprendidas en el ámbito del Real Decreto 362/2009.
2. Las "Ayudas
regionales a la inversión”:
a) Los incentivos a la
inversión regulados en el artículo 25 de la Ley 19/1994.
b) El régimen de deducción
por inversiones en Canarias.
c) La reserva para
inversiones en Canarias.
d) Otros incentivos
regionales concedidos por las Administraciones Públicas o mediante fondos
públicos para la realización de una inversión inicial de conformidad con el
artículo 6 de este Reglamento.
3. Las "Ayudas a las
PYME":
La deducción por
inversiones en territorios de África Occidental y por gastos de publicidad y
propaganda regulada en el artículo 27.bis de la Ley 19/1994.
4. Las "Ayudas para
obras audiovisuales":
La deducción por
inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales realizadas
en Canarias.
IV-. Plazo
de presentación del modelo 282.
La presentación de la
declaración informativa deberá realizarse en el plazo establecido para la
presentación de la correspondiente autoliquidación del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la
Renta de no Residentes, por los artículos 96 de la Ley 35/2006, 124 de la Ley
27/2014y 21 y 38 del Texto Refundido del Impuesto sobre la Renta de no
Residentes.
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