El calendario de fiestas laborales para el año 2016 se ha publicado en
el Boletín Oficial del Estado de fecha de 22 de octubre de 2015.
Al elaborar la relación de
días festivos se ha tendido en cuenta que, conforme a lo previsto en el
artículo 45.1 del Real Decreto 2001/1983, las fiestas de ámbito nacional, de
carácter retribuido y no recuperable, tienen un doble carácter:
1) Fiestas de carácter
nacional no sustituibles por las Comunidades Autónomas.
2) Fiestas respecto de las
cuales las Comunidades Autónomas pueden optar entre celebrar en su territorio
dichas fiestas o sustituirlas por otras que, por tradición, les sean propias.
Según el artículo 45.3 del
Real Decreto 2001/1983, las Comunidades Autónomas tienen la facultad de sustituir
el descanso del lunes de las fiestas nacionales que coinciden en domingo por la
incorporación a la relación de fiestas de la Comunidad Autónoma de otras que
les sean tradicionales, así como la opción entre la celebración de la Fiesta de
San José o la de Santiago Apóstol en su correspondiente territorio. Igualmente,
el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores faculta a aquellas
Comunidades Autónomas que no pudieran establecer una de sus fiestas
tradicionales, por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas
nacionales, a añadir, en el año que así ocurra, una fiesta más, con carácter de
recuperable, al máximo de catorce.
Para facilitar el general conocimiento en todo el territorio nacional del
conjunto de las fiestas laborales, y conforme a la normativa descrita, la Dirección General de Empleo ha publicado en
el Boletín Oficial del Estado, en la fecha mencionada, la relación de fiestas dispuestas y comunicadas por las Comunidades
Autónomas, junto a las fiestas laborales de ámbito nacional de carácter
permanente que figuran en el mencionado precepto.
A continuación adjunto el anexo de la relación de fiestas de
ámbito nacional, de Comunidad Autónoma y de las Ciudades de Ceuta y Melilla que
figuran como anexo en la Resolución de 19 de octubre de 2015.
La Resolución de 19 de
octubre de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se publica la
relación de fiestas laborales para el año 2016.
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CALENDARIO FIESTAS LABORALES 2015
CÓDIGOS
DE LAS FIESTAS:
- Fiesta Nacional no
sustituible (*)
- Fiesta Nacional
respecto de la que no se ha ejercido la facultad de sustitución (**)
- Fiesta de Comunidad
Autónoma (***)
▪ En la Comunidad Autónoma
de Canarias, el Decreto
313/2015, de 6 de agosto, por el que se determina el Calendario de Fiestas
Laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2016 (B.O.C. de
14-08-2015) dispone que: En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran
Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las fiestas laborales
serán, además, las siguientes: en El Hierro: el 24 de septiembre, festividad de
Nuestra Señora de los Reyes; en Fuerteventura: el 16 de septiembre, festividad
de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad
de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera: el 3 de octubre, festividad de
Nuestra Señora de Guadalupe; en Lanzarote: el 15 de septiembre, festividad de
Nuestra Señora de los Dolores; en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra
Señora de las Nieves; en Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de
la Candelaria
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